- Cedente
- La persona o empresa que es propietaria original del software y lo transfiere.
- Cesionario
- La persona o empresa que recibe la propiedad intelectual y se convierte en propietaria legal.
- Propiedad intelectual
- Conjunto de derechos legales sobre creaciones mentales: derechos de autor, patentes, marcas, diseños.
- Derechos de autor
- Protección legal automática sobre obras literarias, artísticas, musicales o de software.
- Registro de propiedad intelectual
- Inscripción oficial ante autoridad competente (OMPI, SIAE, IMPI) para fortalecer la protección legal.
- Titularidad
- Condición de ser el propietario legal y exclusivo con derecho a explotar, vender o licenciar.
- Renovación
- Extensión del período de protección de derechos más allá del plazo inicial de duración legal.
- Sucesores y cesionarios
- Personas o empresas que heredan o reciben posteriormente los derechos cedidos.
- Trabajo
- El software, código, programa informático o material específico objeto de la cesión.
- Especificaciones
- Requisitos y características detalladas que el cedente cumplió al crear el software.
- Reemisión
- Expedición de un nuevo certificado de registro cuando el anterior caduca o se daña.
- Derechos subsidiarios
- Derechos accesorios vinculados a la propiedad principal, como de adaptación o traducción.